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sábado, 7 de julio de 2012

Soberanía Tecnológica (Decreto No. 3.390: Software Libre impulsa Soberanía Tecnológica)




 Nury Rivas Azuaje
Jimmy Araujo Smith

           Cumpliendo con las actividades programadas por el Msc. ALEXANDER BLANDIN para la Cátedra de Gerencia de Proyectos TIC, se preparó en conjunto el análisis correspondiente a la Soberanía Tecnológica y su impacto en Venezuela, informando lo siguiente:
            De acuerdo a los artículos investigados, se puede observar que desde el año 2009 se había considerado estratégicamente la formulación de políticas públicas que permitiesen la promoción de la Soberanía Tecnológica del Estado Venezolano, aunado a la democratización y apropiación social de las Tecnologías de la Información.
            El Gobierno Venezolano, en los últimos años ha asumido como prioridad para el desarrollo económico, político y social de la Nación, así como para la seguridad y soberanía nacional y tecnológica, el uso prioritario del Software Libre, como base inicial para alcanzar estos ideales, tomando en cuenta que su migración conforma una de los primeros pasos para constituir un desarrollo tecnológico orientado al desarrollo social y la eficiencia productiva, brindando la posibilidad de socializar tanto los productos como el uso de los mismos, que hayan sido desarrollados bajo estos estándares propios del Software Libre.  
            En principio, se observa como la Administración Pública Nacional, consciente de su papel como impulsor del Conocimiento y de las Tecnologías de Información Libres, decidió establecer el uso obligatorio de la Canaima GNU / Linux en todas sus estaciones de trabajo, sin la necesidad de instalar componentes privativos, buscando dar cumplimiento a lo establecido en la resolución 025 de la gaceta 39633. A todo esto, como órgano soberano de sus fuentes de abastecimiento, es capaz de ser selectivo en sus futuros contratos relacionados con las compras de estaciones de trabajo, lo que le permite evitar adquirir hardware que necesite software privativo para operar.
            En todo caso, nuestro país ha asentado una pauta importantísima en América Latina, al reconocer, desde la propia Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 110, como de interés público el conocimiento, la tecnología, la innovación, la ciencia y los servicios de información, como vías para alcanzar el desarrollo económico, social y político del país.
Para ello, en el año 2004 y a través del Decreto N° 3.390, se inician importantes esfuerzos orientados a asumir el uso y la aplicación prioritaria del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos para la Administración Pública, en miras de impulsar nuestra Soberanía Tecnológica, y que el Ejecutivo Nacional a través del Ministerio del Poder Popular para la Ciencia, Tecnología e Innovación debe velar por el cumplimiento del mencionado precepto constitucional y específicamente a través de sus tres grandes objetivos estratégicos planteados:
1. Independencia científica tecnológica, para contribuir con la seguridad y soberanía             de la nación.
2. Apropiación del conocimiento científico y tecnológico para propiciar la inclusión social.
3. Desarrollo de las capacidades científico–técnicas e institucionales para garantizar el manejo soberano de los recursos naturales.
            Otras medidas que han sido concebidas desde los Entes Gubernamentales, es la formulación de proyectos que fomenten el trabajo colaborativo a través de la consolidación de una plataforma que permita, a través de estos proyectos, promover el desarrollo de las capacidades nacionales en materia de Tecnologías de Información basada en Software Libre bajo estándares abiertos.
            El desafío se hace complejo, ya que se debe tomar en cuenta que el éxito de esta migración, depende por un lado de la aceptación y de la disposición de los usuarios para adaptarse y utilizar el nuevo ambiente, y por otro, del compromiso de los directivos de las Instituciones del Estado para incentivar su uso.




         




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